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mayo  18, 2024

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Resolución General AFIP N° 2461/08. Restricción a las formas previstas por el Código Aduanero para garantizar ciertas operaciones

Por Jimena Milessi


“La obligación de garantizar determinada operación de comercio exterior puede surgir de distintas situaciones contempladas en el Código Aduanero. El art. 453 a lo largo de trece incisos, enuncia circunstancias que de verificarse, generarán la obligación de garantizar la operación a los efectos de retirar la mercadería de la zona primaria aduanera, ya sea una destinación definitiva como una suspensiva, dependiendo el caso. (…) Dentro de este supuesto puede incluirse el tema objeto de este trabajo, y esto es la obligación de garantizar operaciones en las que el monto consignado en la factura comercial, sea inferior al 95% del valor criterio establecido por la aduana de forma precautoria.”

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Términos mencionados en esta doctrina: garantizar, aduanero, obligación, operación, resolución, comercio, establecido, garantía.

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